Tegucigalpa, Honduras.- El Congreso Nacional aprobó un paquete de reformas orientado a endurecer las condiciones de reclusión, vigilancia y persecución de personas identificadas como integrantes de asociaciones terroristas, maras o pandillas, así como a ampliar las medidas de seguridad en territorios considerados de alto riesgo.

Las modificaciones, que según la información proporcionada recibieron el respaldo de las cinco bancadas representadas en el Poder Legislativo, incluyen cambios en la legislación penitenciaria, las funciones de la Policía Nacional y la Policía Militar del Orden Público (PMOP), además de nuevas disposiciones sobre vigilancia, restricciones de comunicación y controles territoriales.

El paquete contempla reformas a la Ley del Trabajo para Personas Privadas de Libertad y de Permanencia para Reos de Alta Peligrosidad y Agresividad, la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, la Ley Orgánica de la Policía Nacional y la Ley de la Policía Militar del Orden Público.

Las medidas se plantean en el marco de la declaratoria del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), que identificó como organizaciones terroristas a la Mara Salvatrucha (MS-13), la Pandilla 18 y el Cartel de Diablo, según el texto proporcionado.

Régimen especial de máxima seguridad

Uno de los principales cambios establece que las personas privadas de libertad consideradas de alta peligrosidad o identificadas como integrantes de asociaciones terroristas, maras o pandillas deberán permanecer en establecimientos o módulos de máxima o alta seguridad, sin convivencia ordinaria con internos de otros regímenes.

La reforma contempla un régimen de aislamiento y control reforzado, con limitaciones a los desplazamientos dentro de los centros penitenciarios. Los privados de libertad solo podrán salir de sus celdas bajo escolta permanente y en los horarios autorizados.

Entre las disposiciones aprobadas se incluyen:

  • Vigilancia mediante cámaras, sensores y personal de seguridad.
  • Revisiones y requisas diarias de las celdas y de las personas privadas de libertad.
  • Restricciones a la convivencia colectiva y a la participación ordinaria en actividades grupales.
  • Una hora semanal de sol y patio, bajo condiciones de vigilancia y control.
  • Uso obligatorio de vestimenta especial que permita identificar el régimen de reclusión.

La información publicada sobre la aprobación confirma que la medida de una hora semanal de sol o patio forma parte de las nuevas disposiciones penitenciarias.

¿Qué restricciones tendrán las visitas y las comunicaciones?

Las reformas establecen un régimen especial para las visitas y comunicaciones de las personas comprendidas en las categorías previstas por la ley.

De acuerdo con el contenido proporcionado, las visitas de familiares serán excepcionales y requerirán autorización judicial o del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario (INP). Estas se realizarán sin contacto físico, mediante vidrio u otros medios electrónicos controlados.

Los abogados podrán ingresar una vez por semana, bajo vigilancia y con una duración limitada, conforme a las disposiciones del régimen.

En cuanto a las comunicaciones, se restringe el acceso a teléfonos, computadoras, televisores, radios y otros dispositivos que permitan comunicaciones no autorizadas. Las llamadas telefónicas estarán supervisadas y grabadas, con un límite de 10 minutos una vez al mes, únicamente a números previamente autorizados, según el texto suministrado.

También se contempla la revisión previa y posterior de la correspondencia escrita, así como la prohibición de ingresar dinero en efectivo, objetos de valor, alimentos, bebidas u otros artículos que no cuenten con autorización expresa.

Las audiencias relacionadas con los procesos penales deberán desarrollarse de forma virtual, de acuerdo con las normas y protocolos del Poder Judicial, según lo señalado en la información de las reformas.

Restricciones a las actividades y al régimen de reclusión

Las personas sometidas al régimen especial no podrán participar normalmente en actividades colectivas ni convivir con privados de libertad de otros regímenes.

Las actividades laborales, educativas, religiosas, recreativas y de rehabilitación deberán ser programadas, autorizadas y supervisadas previamente por las autoridades penitenciarias.

Asimismo, las reformas establecen que las personas declaradas o identificadas como integrantes de asociaciones terroristas, maras o pandillas no podrán ser ubicadas en centros preventivos ni en regímenes de seguridad media o mínima, de acuerdo con las disposiciones descritas en el proyecto aprobado.

La información difundida sobre la nueva ley también señala que el régimen puede alcanzar a personas detenidas bajo la figura de terrorismo, incluso cuando se encuentren en prisión preventiva, conforme a las condiciones y determinaciones legales aplicables

Cambios en las funciones de la Policía Nacional y la PMOP

El paquete legislativo también modifica las atribuciones de la Policía Nacional y la Policía Militar del Orden Público, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, investigación, combate y desarticulación de las estructuras criminales declaradas como asociaciones terroristas, así como de maras y pandillas.

Policía Nacional

Entre las responsabilidades contempladas se encuentran:

  • Combatir y desarticular las organizaciones criminales comprendidas en la normativa.
  • Coordinar con el Instituto Nacional Penitenciario la ubicación de personas detenidas o identificadas como integrantes de estas estructuras.
  • Ejecutar acciones de investigación y seguridad en coordinación con las instituciones competentes.

Policía Militar del Orden Público

La PMOP tendrá como prioridad el combate a estas organizaciones y deberá coordinar sus operaciones con la Policía Nacional, el INP y las demás autoridades responsables de la seguridad pública.

El paquete de reformas forma parte de la estrategia institucional anunciada tras las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad.

Creación de los «Territorios de Alto Riesgo»

Otra de las disposiciones establece la figura de «Territorio de Alto Riesgo», mediante la cual el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad podrá declarar bajo esta categoría las zonas donde operen grupos identificados como asociaciones terroristas, maras o pandillas.

En estos territorios se contempla el despliegue permanente de unidades especializadas de la Policía Nacional y la PMOP, además del apoyo de las Fuerzas Armadas cuando sea necesario.

Las medidas previstas incluyen:

  • Instalación de puestos de control fijos y móviles en accesos y salidas.
  • Restricciones temporales a la circulación de personas y vehículos en horarios o zonas determinadas.
  • Operativos conjuntos dirigidos a la captura de líderes, integrantes activos y colaboradores de las estructuras criminales.
  • Uso de cámaras, drones, sensores y otras herramientas tecnológicas de vigilancia.
  • Coordinación interinstitucional para investigar actividades económicas vinculadas con la criminalidad organizada.

El esquema de seguridad también contempla la creación de un Comando de Operaciones Conjuntas, integrado por instituciones de seguridad, justicia, el INP y autoridades municipales, según el contenido suministrado.

Restricciones para motocicletas

Las reformas incluyen medidas de aplicación temporal en municipios y zonas que determine el CNDS, con una vigencia de hasta 12 meses, prorrogable por períodos iguales mediante resolución.

Entre las disposiciones descritas se encuentran restricciones al transporte de pasajeros en motocicletas, el porte de armas y objetos cortantes o contundentes, así como medidas para facilitar la identificación de conductores y acompañantes.

Principales medidas

Transporte de pasajeros: se prohíbe transportar a más de una persona en vehículos motorizados de dos ruedas, con excepciones para el traslado de una mujer o un menor de 12 años, siempre que se cumplan los dispositivos de seguridad correspondientes.

Armas y objetos: se prohíbe portar armas de fuego, objetos cortantes o contundentes en motocicletas, incluso cuando exista autorización para portar armas, según las condiciones descritas.

Rostro cubierto: se restringe la circulación con pasamontañas, pañuelos, máscaras u otros elementos que impidan identificar plenamente al conductor o acompañante. El casco de seguridad reglamentario queda exceptuado.

Placas y vehículos: se establecen disposiciones sobre la visibilidad de las placas, la prohibición de utilizar identificaciones adulteradas o falsificadas y las condiciones de los escapes y motores.

También se contempla la posibilidad de restringir temporalmente la circulación de vehículos de dos o más ruedas en horarios y áreas específicas dentro de los territorios declarados de alto riesgo.

La normativa divulgada por medios de comunicación confirma la inclusión de restricciones relacionadas con motocicletas, ocultamiento del rostro, placas y modificaciones de escapes.

Vigilancia tecnológica y coordinación contra el crimen organizado

El paquete de reformas contempla el fortalecimiento de las capacidades de vigilancia y de las operaciones de seguridad en las zonas declaradas de alto riesgo.

Entre las herramientas previstas se encuentran el uso de cámaras, drones, sensores y otros mecanismos tecnológicos para apoyar la identificación de integrantes de estructuras criminales y el seguimiento de actividades sospechosas.

El contenido proporcionado también menciona la coordinación con unidades de inteligencia financiera para investigar y dar seguimiento a activos vinculados con actividades delictivas, incluyendo posibles casos de extorsión y lavado de activos.

Asimismo, se plantea la implementación de programas de recuperación de espacios públicos, alumbrado, limpieza y presencia institucional en áreas intervenidas, junto con corredores seguros y rutas prioritarias de atención ciudadana.

Prevención del reclutamiento de menores

Las medidas no se limitan a las acciones operativas de seguridad. También contemplan programas para prevenir el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes por parte de estructuras criminales.

Estos programas deberán desarrollarse mediante la coordinación de las instituciones responsables de seguridad y protección social.

Además, las autoridades deberán presentar informes periódicos al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad sobre las capturas realizadas y la situación de los territorios intervenidos, de acuerdo con el contenido suministrado.

Protección especial para jueces y personal judicial

Las reformas establecen medidas excepcionales y temporales de protección para jueces, secretarios y personal auxiliar que conozcan procesos relacionados con asociaciones terroristas, maras y pandillas.

Estas disposiciones estarán dirigidas a funcionarios que enfrenten un riesgo real e inminente para su vida o integridad física, según lo descrito en el texto.

El contenido de las reformas también señala que las medidas de protección no deberán menoscabar las garantías esenciales del debido proceso ni el derecho a la defensa.

Asimismo, se contempla que el Poder Judicial establezca mecanismos para acreditar ante las partes la competencia, idoneidad e imparcialidad de los funcionarios que participen en los procesos, sin revelar información confidencial.

Aprobación y aplicación de las reformas

El Congreso Nacional aprobó el paquete legislativo el martes 22 de septiembre de 2026, de acuerdo con reportes de medios hondureños. Proceso Digital informó que la aprobación de las reformas al régimen penitenciario se realizó por unanimidad.

Las modificaciones forman parte de las medidas impulsadas después de la declaratoria del CNDS sobre tres estructuras criminales. La implementación de las nuevas disposiciones requerirá la actuación coordinada de las instituciones de seguridad, el sistema penitenciario y las autoridades judiciales.

El alcance de las restricciones y los procedimientos concretos de aplicación deberán examinarse conforme al texto oficial de la ley y su publicación en el diario oficial La Gaceta, así como a las normas reglamentarias que se emitan.

Nota periodística: El paquete aprobado combina un régimen penitenciario de mayor control, nuevas facultades operativas para las instituciones de seguridad, medidas de vigilancia territorial y restricciones temporales para motocicletas. Su aplicación deberá desarrollarse dentro del marco de las disposiciones legales vigentes y las garantías procesales correspondientes.

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