Tegucigalpa. El Congreso Nacional aprobó este jueves reformas a la Ley del Registro Nacional de las Personas (RNP), mediante modificaciones al Decreto 62-2004, con el propósito de establecer un mecanismo de identificación para menores de edad y facilitar la inscripción de defunciones de hondureños ocurridas en el extranjero. La iniciativa fue presentada por la vicepresidenta del Congreso Nacional, Tania Pinto, diputada del Partido Nacional por Ocotepeque, quien explicó que las reformas buscan fortalecer el registro de los menores hondureños y facilitar diversos trámites a los ciudadanos que residen fuera del país. Identificación de menores de 6 a 17 años Uno de los principales cambios establece que los menores de edad de entre 6 y 17 años deberán contar con un documento de identificación oficial, único, personal e intransferible. La reforma al artículo 15 de la Ley del RNP establece el carácter obligatorio de este documento para niños y adolescentes. De acuerdo con el decreto, la identificación permitirá acreditar a los menores ante instituciones públicas y privadas, fortalecer su reconocimiento jurídico y facilitar el acceso a sus derechos y servicios. Pinto señaló que Honduras debe contar con un registro pleno de los menores de edad, lo que permitirá mejorar su identificación cuando requieran realizar trámites o acceder a servicios. Retiro del DNI por representación legal La reforma también modifica el artículo 27 de la Ley del RNP para permitir que, además del titular, un tercero que cuente con representación legal pueda retirar el Documento Nacional de Identificación (DNI). La disposición establece además que el personal designado por la máxima autoridad del RNP podrá custodiar y entregar los documentos de identificación bajo los procedimientos establecidos. Registro de defunciones ocurridas en el extranjero Otro de los cambios incorporados a la legislación corresponde a la inscripción de las defunciones de hondureños ocurridas fuera del territorio nacional. Para ello, se adiciona el artículo 72 A, que establece un mecanismo para que estas defunciones puedan ser inscritas ante los agentes diplomáticos o consulares de Honduras en el extranjero. Los funcionarios consulares deberán remitir la certificación correspondiente para que el pleno de la comisión permanente del RNP autorice su incorporación al registro civil del municipio de origen de la persona fallecida. La vicepresidenta del Congreso destacó que esta medida busca facilitar los trámites a los hondureños que viven en el extranjero y enfrentan la pérdida de un familiar. “Este Congreso le va a facilitar la vida a nuestros hermanos que viven en el extranjero y que pasan por la triste pérdida de un ser querido”, manifestó Pinto. Con estas reformas, el Congreso Nacional busca fortalecer el sistema de identificación y registro civil del país, además de facilitar los procedimientos para los hondureños que realizan trámites relacionados con su identidad y estado civil desde el extranjero. Navegación de entradas Congreso Nacional aprueba 371 contratos para reactivar obras educativas y sociales Congreso y presidencia de Honduras entregan maquinaria a alcaldías